La persona estudiante que obtenga un promedio ponderado modificado anual inferior a siete (7) en el año anterior en pregrado y grado, puede presentar un recurso de justificación de promedio ponderado siempre que ese bajo rendimiento este asociado a los siguientes motivos:

  1. Dificultades económicas, familiares, de salud física o emocional.
  2. Accidentes que generen incapacidad temporal o permanente.
  3. Fallecimiento de personas en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.
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