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Becas Externas

Las becas externas tienen como fin colaborar con el logro de metas académicas de estudiantes que integran grupos familiares de bajos recursos económicos, mediante la adjudicación de montos económicos provenientes de diversas fuentes externas al presupuesto de la Universidad de Costa Rica.

Las becas que se adjudiquen por medio de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, se regirán por las normas que los instituyentes hubieren establecido en reglamentos y convenios específicos, pero, en lo aplicable deberán sujetarse a las disposiciones de este Reglamento.

La Oficina de Becas informará sobre los periodos de concurso y los documentos que se deben presentar.

Un monto económico mensual adicional a la beca socioeconómica. El monto económico y la cantidad de meses en que se otorga el beneficio es definido en el convenio formalizado entre la persona física o jurídica y la Universidad de Costa Rica.

Población estudiantil activa de la Universidad de Costa Rica que cumpla con los requisitos definidos por cada donante.

Cuando se habilite un concurso para optar por esta beca, la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica lo comunicará por los medios oficiales

El objetivo de las becas externas es brindar un apoyo económico mensual no reembolsable a estudiantes con excelencia académica y escasos recursos económicos para solventar los gastos de estudio.

El monto económico lo aporta una persona física o jurídica, quien, en coordinación con la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica (OBAS) y otras instancias de la Institución, establecerán los criterios y requisitos para instaurar la beca. Como parte del proceso de creación de una nueva beca externa se debe:

    • Redactar un convenio o carta de intenciones donde se detallen los criterios que regularán la beca. Este convenio lo firma la contraparte donante y la Rectoría y tiene efectos legales.
    • Elegir el nombre para la beca.
    • Determinar la cantidad de estudiantes que se desean apoyar, así como las carreras que deben cursar.
    • Definir el monto económico que se le otorgará las personas estudiantes seleccionadas y la periodicidad de entrega del dinero.
    • Conformar una comisión seleccionadora que sesionará cada vez que se realice un concurso o cuando se considere conveniente. La comisión estará integrada por representantes de la entidad donante y personal de la OBAS.
    • Creada la beca, la contraparte donante debe realizar el depósito del dinero a la Universidad quien será la instancia encargada de la administración del fondo.

Por otra parte, le corresponde a la OBAS administrar los fondos destinados para la beca, coordinar la divulgación del concurso y realizar un proceso de preselección de las y los candidatos.  De igual manera, se encargará de efectuar el seguimiento académico de las personas estudiantes seleccionadas y presentar un informe semestral o anual a la entidad donante.

Tipos de becas externas activas

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