Preguntas Frecuentes

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Becas Externas

1. ¿Qué son las becas externas? 

Las becas externas tienen como fin colaborar con el logro de metas académicas de estudiantes que integran grupos familiares de bajos recursos económicos, mediante la adjudicación de montos económicos provenientes de diversas fuentes externas al presupuesto de la Universidad de Costa Rica.

Las becas que se adjudiquen por medio de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, se regirán por las normas que los instituyentes hubieren establecido en reglamentos y convenios específicos, pero, en lo aplicable deberán sujetarse a las disposiciones de este Reglamento.

2. ¿Cómo puedo ser beneficiario de una beca externa?

La Oficina de Becas y Atención Socioeconómica informará sobre los periodos de concurso y los documentos que se deben presentar.

Becas por Actividades Universitarias

1. ¿Cuáles son los tipos de becas por actividades universitarias?

Las becas por actividades univesitarias son:

  • Estímulo.
  • Representación.
  • Participación.
  • Excelencia académica.
  • Otros reconocimientos

Las becas por actividades universitarias, podrán ser disfrutadas por todo estudiante de pregrado, grado y posgrado de fondos corrientes con matrícula consolidada en la Institución. Estas se podrán otorgar además de la beca socioeconómica y sus beneficios complementarios. El beneficio de estas becas consistirá en exoneración total o parcial del costo de la matrícula.

2. ¿Quiénes puede disfrutas de la Beca de Estímulo?

  • Personal de la Universidad de Costa Rica para la obtención de una primera titulación máxima de grado y en forma gradual hasta una máxima titulación de posgrado.
  • Funcionarios (as) de otras instituciones cuando así se especifique en convenio suscrito entre la Universidad y otras instituciones.

3. ¿Cómo se asigna la Beca de Estímulo?

La Beca por Actividades Universitarias (Estímulo), se asigna automáticamente cuando se cumplan los requisitos establecidos, para ello:

  • La Unidad Académica o dependencia administrativa debe tramitar la acción de Personal (P-6), en el Sistema Integrado de Recursos Humanos-SIRH .
  • Posteriormente, la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica realiza una validación automática de los requisitos establecidos en el artículo 28 del Reglamento de Becas a la Población Estudiantil y asigna la beca de estímulo.

4. ¿Cómo se asigna la beca de convenios entre universidades públicas y la UCR?

La persona debe de entregar los siguientes documentos en la Oficina de Becas:

  • Copia de la acción de personal de la Institución Pública de Enseñanza Superior.
  • Posteriormente, la OBAS realiza validación automática de los requisitos establecidos en el artículo 28 del Reglamento de Becas a la Población Estudiantil.
  • Completar la Declaración Jurada de Títulos en la dirección electrónica https://becas.ucr.ac.cr. Con la finalidad de verificar el requisito de la condición de graduado universitario, de acuerdo con las disposiciones del artículo 28 del Reglamento de Becas a la Población Estudiantil.

5. ¿Quiénes pueden disfrutar de la Beca por Representación?

  • Miembros del Directorio de la FEUCR.
  • Representante estudiantil ante el Consejo Universitario.
  • Estudiante titular y suplente del Tribunal Electoral Estudiantil Universitario que integran el Tribunal Electoral Universitario y cumplen con las funciones del cargo; los cinco miembros que formen parte del cuerpo coordinador del Consejo Superior Estudiantil.
  • Un miembro de la Procuraduría Estudiantil, de la Defensoría Estudiantil por cada una de las Sedes del Frente Ecológico Universitario, de la Comisión Evaluadora de Proyectos, de la Contraloría Estudiantil y la Editorial Estudiantil.

6. ¿Cómo se asigna la Beca por Participación en Horas estudiante, asistente y asistente de posgrado?

La beca por participación en designación (P-9) en Horas Estudiante, Asistente y Asistente de Posgrado, se otorga automáticamente cuando se cumpla con los requisitos establecidos.

La Unidad Académica o dependencia administrativa es la encargada de realizar la designación, mediante el formulario (P-9) dentro de los períodos establecidos por la Oficina de Becas. La designación debe cumplir el período lectivo establecido por el Calendario Estudiantil Universitario.

La Oficina de Becas y Atención Socioeconómica (OBAS) valida automáticamente los requisitos establecidos en los artículos 27 y 30-b) del Reglamento de Horas Estudiante, Asistente y Asistente de Posgrado.

7. ¿Quiénes pueden disfrutar de la Beca por Participación en actividades estudiantiles?

Podrán disfrutar de la beca por participación en actividades estudiantiles los:

Miembros del Directorio de la FEUCR.

Representante estudiantil ante el Consejo Universitario.

Estudiante titular y suplente del Tribunal Electoral Estudiantil Universitario que integran el Tribunal Electoral Universitario y cumplen con las funciones del cargo; los cinco miembros que formen parte del cuerpo coordinador del Consejo Superior Estudiantil.

Un miembro de la Procuraduría Estudiantil, de la Defensoría Estudiantil por cada una de las Sedes del Frente Ecológico Universitario, de la Comisión Evaluadora de Proyectos, de la Contraloría Estudiantil y la Editorial Estudiantil.

Recuerde que:

La asignación de la Beca de Representación se realiza de manera automática.

La designación deberá ser por el ciclo lectivo completo y regirá por ese período.

Para el disfrute de la exoneración total, será necesario cumplir con los requisitos de rendimiento y carga académica; de lo contrario, se aplicará una exoneración parcial del costo de la matrícula.

8. ¿Cómo se asigna la Beca por Participación en actividad deportiva, cultural o artística?

Las Becas por Actividades Universitarias (participación en actividad deportiva, cultural o artística), se otorgan automáticamente cuando se cumpla con los requisitos que cada una de ellas establece.

Actividad Deportiva, Cultural o Artística.

La Unidad de Programas Deportivos, Recreativos y Artísticos registra al estudiante en el Sistema de Aplicaciones Estudiantiles (SAE) como participante de alguno de los programas autorizados por Vicerrectoría de Vida Estudiantil.

La OBAS realiza validación automática de los requisitos establecidos en los artículos 27 y 30-b) del Reglamento de Horas Estudiante, Asistente y Asistente de Posgrado.

9. ¿Se puede renuncuar a la beca por actividades universitarias?

Sí, en el artículo 27 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil se indica que: “El disfrute de cualquiera de esas becas podrá ser renunciado por solicitud escrita del estudiante ante la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica“.

Para renunciar debe Ingresar sus datos personales a la sección “Solicitudes y Consulta Personal / Becas por Actividades Universitarias / Renuncia”, en la dirección electrónica: https://becas.ucr.ac.cr/

Beneficios Complementarios

1. ¿Cuáles son los beneficios complementarios que debo solicitar?

De acuerdo con los plazos definidos en el calendario estudiantil universitario, se deben solicitar los siguientes beneficios:

  • Odontología
  • Optometría
  • Préstamo de Libros
  • Préstamo de Dinero
  • Reubicación Geográfica, Transporte o Residencias (estos tres beneficios son excluyentes entre sí).

2. ¿Cuáles beneficios complementarios se asignarán de forma automática?

Se asignará de forma automática el servicio de alimentación (almuerzo y otros tiempos de alimentación) y el monto económico por gastos de carrera.

3. ¿Qué pasa si me equivoqué en la solicitud de un beneficio complementario?

Los beneficios complementarios que usted solicitó se mantendrán durante todo el semestre, la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica, no podrá realizar modificaciones entre beneficios durante el ciclo lectivo. En caso de requerir otro beneficio deberá esperar los períodos de solicitud establecidos en el Calendario Estudiantil Universitario.

4. ¿Qué hago si se me pasa la fecha de solicitud de beneficios complementarios?

Se debe estar pendiente de las fechas publicas en el Calendario Estudiantil Universitario del año curso donde se establecen dos períodos de solicitud por ciclo lectivo. En caso de que no realice la solicitud en los períodos establecidos, debe esperar al siguiente ciclo lectivo para solicitarlos.

5. ¿Cómo se realiza la solicitud de préstamo de libros?

La solicitud se realiza durante las dos primeras semanas de clases de cada ciclo lectivo en el sitio de web de la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica, en el apartado “Solicitudes y consulta personal”. Una vez realizada la solicitud, puede presentarse en la biblioteca correspondiente para dar seguimiento a la gestión. El préstamo se brinda por un periodo igual a la duración de cada curso.

6. ¿A qué hora me depositan por conceptos de beneficios complementarios?

Los depósitos se realizan según las fechas establecidas en el Calendario Estudiantil Universitario en el transcurso y el depósito se hará efectivo según la entidad bancaria donde tenga su cuenta activa.

7. ¿Como se que me aprobaron un beneficio complementario y cuánto dinero voy a recibir?

Se puede verificar la asignación del beneficio y el monto a recibir propiamente el día de pago, debe de ingresar a la consulta personal de la página de la Oficina de Becas.

8. ¿Qué debo hacer si tengo dudas con el monto depositado por concepto de beneficios complementarios?

En un plazo máximo de 5 días hábiles a la fecha del depósito debe de llenar el formulario de Revisión de beneficios complementarios disponible en la página, en el apartado de Gestiones estudiantiles para realizar la revisión correspondiente y enviar la información desde su correo institucional al correo de la sede correspondiente.

9. ¿Cómo y cuándo se solicita el beneficio de odontología?

El beneficio se puede solicitar cada ciclo lectivo. El proceso es el siguiente:

Sede Rodrigo Facio: debe presentarse en la Oficina de Bienestar y Salud y solicitar la cita

Sedes Regionales: consulte el procedimiento en la Oficina de Becas respectiva.

10. ¿Cómo y cuándo se solicita el beneficio de optometría?

Puede revisar el siguiente enlace:

https://becas.ucr.ac.cr/sites/default/files/uploads/attachments/procedimiento%20pasos%20para%20solicitar%20el%20beneficio%20de%20optometr%C3%ADa.pdf

11. ¿Cómo se asigna el beneficio de alimentación?

El beneficio se asigna automáticamente y consiste en una subvención sobre el almuerzo y otros tiempos de comida. Se otorga mediante depósito mensual para adquirir alimentos que contengan los requerimientos nutricionales para mantener un estilo de vida saludable.

El almuerzo se asigna a estudiantes que reciben clases en la mañana y en la tarde y que por motivo de horario no pueden trasladarse a almorzar a su lugar de residencia.

Los otros tiempos de alimentación se asignan cuando el estudiante tenga seis horas lectivas durante el día.

Según Resolución R-ViVE-5-2017 a la población estudiantil con beca 5, residente en zonas catalogadas por la OBAS como lejanas y que cuenten con el beneficio de alojamiento (residencias o reubicación), se les otorga ambos tiempos de alimentación de lunes a domingo.

12. ¿Que pasa con mis beneficios si no logro completar la carga acedémica?

Si no logra completar la carga académica, los beneficios complementarios se otorgan de manera proporcional a la matrícula consolidada, tal y como se establece en el Reglamento.

https://www.cu.ucr.ac.cr/normativ/adjudicacion_de_becas_2015.pdf

13. ¿El próximo depósito es retroactivo?

Se le sugiere consultar con los compañeros encargados: Complemento económico, Reubicación geográfica o Transporte a los teléfonos 2511-5535/2511-4214 o a los correos juan.riquelme@ucr.ac.cr, alejandra.torressolis@ucr.ac.cr. Alimentación al 2511-5254 o al correo julia.gutierrez@ucr.ac.cr.

14. ¿Como puedo verificar si mi cuenta bancaria está activa en el Sistema de Becas?

Puede consultar con el funcionario a cargo juan.riquelme@ucr.ac.cr, o bien, al 2511-5535.

15. ¿A cuál correo electrónico puedo enviar la información de la cuenta bancaria para recibir el monto correspondiente a los beneficios complementarios asociados a la beca socioeconómica?

La actualización o registro de cuentas bancarias  lo realiza por medio del sitio web de la OBAS ( https://becas.ucr.ac.cr/ ) en la opción denominada “actualizar cuenta bancaria”;  asimismo la cuenta debe cumplir las siguientes características:

  • Deber ser una cuenta de ahorros
  • Debe ser una cuenta en colones
  • Debe estar a nombre de la persona estudiante que cuenta con los beneficios estudiantiles asociados a la beca socioeconómica
  • Debe pertenecer a un Banco Estatal.

Si tuviera alguna consulta con el registro de dicha cuenta puede hacerlo al número telefónico 2511 5535 o al correo electrónico juan.riquelme@ucr.ac.cr

Cambios en la información socioeconómica

1. ¿Que son cambios?

Los cambios son variaciones que ocurren en la condición socioeconómica del grupo familiar.

2. ¿Cuáles son algunos de los cambios que se deben reportar?

  • Incorporación, separación, muerte o nacimiento de algún integrante del grupo familiar.
  • Aumento o disminución de ingresos de todos los miembros del grupo familiar (salarios, actividades por cuenta propia, jubilación, pensiones alimentarias, ayuda de instituciones, ayuda de familiares, ahorros, intereses, alquileres de propiedades ó herencias.
  • Cambio de lugar de Trabajo o cambio en la fuente de ingresos.
  • Cambio de domicilio.
  • Títulos Universitarios adquiridos en Universidades diferentes a la UCR.
  • Adquisición y/o venta de propiedades y vehículos (por compra, donación o regalías).
  • Cancelación o adquisición de deudas.
  • Participación en sociedades mercantiles.
  • Cambios en la condición migratoria.

3. ¿Por qué se deben reportar los cambios?

Porque es tu obligación, los recursos son de todos y es importante usarlos responsablemente. El sistema de becas busca asignar los recursos de acuerdo con la situación de cada grupo familiar, lo cual promueve la equidad y la solidaridad. Además, el artículo 14 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil establece que la población estudiantil que disfrute de beca socioeconómica, deberá informar a la Oficina de Becas en un plazo máximo de tres meses, cualquier cambio en la situación socioeconómica reportada en la solicitud de beca.

4. ¿Cómo se reportan los cambios?

  • Debe de ingresar al apartado de Gestiones estudiantiles descargar el formulario de revisión por cambio.
  • Completar el formulario y adjuntar los documentos probatorios que expliquen los cambios ocurridos.
  • Enviar toda la documentación al correo electrónico de su Sede o Recinto. Recuerde utilizar su correo electrónico institucional y anotar en el asunto, su número de carné.
  • El resultado de esta gestión será notificado a su correo electrónico institucional con el dominio @ucr.ac.cr.
  • Tiempo de espera: No podemos brindar un tiempo de espera porque este varia con respecto al momento del ciclo lectivo, al inicio de cada ciclo el tiempo es más prolonado por la cantidad de recursos, luego varia a un máximo de 15 días hábiles.

5. ¿Cuánto tiempo tengo para reportar los cambios?

De acuerdo con el artículo 14 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil, se deberá informar a la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica, en un plazo máximo de tres meses, cualquier cambio que en la situación socioeconómica reportada en la solicitud de beca.

6. ¿Qué pasa si no reporto los cambios?

El artículo 17 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil, establece lo siguiente:

  • Pérdida de todo derecho a los beneficios estipulados en este reglamento a partir de la comprobación de esos hechos y hasta por un máximo de tres años lectivos consecutivos.
  • Reintegrar a la Universidad lo que se les hubiera concedido a partir del momento en que ocurrió el cambio, más la inflación acumulada y no podrán matricularse en la Institución mientras no cancelen esa obligación.

7. ¿Reportar un cambio puede afectar mi beca?

No es posible indicar si el cambio afecta la beca porque la Oficina de Becas debe realizar un análisis de la situación socioeconómica. Es importante que, en caso de que haya cambios, los reporte a la Oficina de Becas según lo estipulado en el artículo 14 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil.

Carga Académica

1. ¿Cuál es la carga académica requerida para mantener la beca socioeconómica?

Se requiere una carga académica consolidada de 12 créditos.

2. ¿Qué pasa si no se cumple con la carga académica de 12 créditos?

De acuerdo con el artículo 18 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil, si tiene becas 1, 2 o 3, se aplica el porcentaje de exoneración a los créditos consolidados. Si tiene beca 4 o 5, lo que aplica es un rebajo proporcional a los créditos matriculados del monto económico por gastos de carrera y la reubicación geográfica.

  • Si tiene becas 1, 2 o 3 y consolida una carga académica menor a 12 créditos, la OBAS aplicará al costo de los créditos consolidados el porcentaje de exoneración de matrícula que corresponda a la categoría de beca. No debe que realizar la solicitud de justificación de carga académica.
  • Si tiene beca 4 con el beneficio de transporte y consolida una carga académica menor a 12 créditos, no tiene que realizar la solicitud de justificación de carga académica.
  • Si tiene beca 4 con el beneficio de reubicación geográfica y consolida una carga académica menor a 12 créditos, el monto de reubicación geográfica se asignará proporcionalmente a los créditos consolidados.
  • Si tiene beca 5 con el beneficio de transporte y consolida una carga académica menor a 12 créditos, el monto económico para gastos de carrera se asignará proporcionalmente a los créditos consolidados.
  • Si tiene beca 5 con el beneficio de reubicación geográfica y consolida una carga académica menor a 12 créditos, el monto económico para gastos de carrera y la reubicación geográfica se asignarán proporcionalmente a los créditos consolidados.

3. ¿Cuál es el porcentaje que recibiría del monto económico para gastos de carrera y/o reubicación geográfica si no se consolida la carga académica de 12 créditos?

4. ¿Cómo puedo justificar mi carga académica?

Solamente los estudiantes con categoría de beca 4 ó 5 que no cumplan con los 12 créditos pueden hacer justificación de carga académica, si cumple con los requisitos establecidos en el artículo 19 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil. En caso de que corresponda, debe realizar lo siguiente:

  • Descargar el formulario en el apartado de “Gestiones estudiantiles” del sitio web (becas.ucr.ac.cr).
  • Cada Escuela tiene una dinámica establecida para la recepción y firma del formulario, comuníquese con ellos.
  • Enviar la solicitud en el período establecido, completamente llena junto con los documentos que respalden la gestión. Los documentos pueden variar de acuerdo con cada caso.
  • Enviar toda la documentación al correo electrónico de su Sede o Recinto. Recuerde utilizar su correo electrónico institucional y anotar en el asunto, su número de carné.
  • El resultado de esta gestión será notificado a su correo electrónico institucional con el dominio @ucr.ac.cr.
  • El tiempo de espera del resultado varia con respecto al momento del ciclo lectivo, al inicio de cada ciclo el tiempo es más prolongado por la cantidad de recursos, luego varía a un máximo de 15 días hábiles.
Definición y Beneficios de la Beca Socioeconómica

1. ¿Qués es la beca socioeconómica?

La beca socioeconómica y sus beneficios, consisten en un apoyo que el sistema brinda a la población estudiantil para que culmine sus estudios, se asigna según la condición socioeconómica del grupo familiar. Estas becas y sus beneficios consisten en:

  • Exoneración total o parcial de los costos de matrícula
  • Exoneración total o parcial de los costos de laboratorio, actividad deportiva, graduación, reconocimiento de estudios y cursos por tutoría o suficiencia.
  • Beneficios complementarios según la categoría de beca.
Generalidades del Sistema de Becas

1. ¿Cuáles son los tipos de beca que ofrece la OBAS?

La Oficina de Becas y Atención Socioeconómica de la Universidad de Costa Rica, ofrece los siguientes tipos de beca:

  • Beca Socioeconómica.
  • Beca por Actividades Universitarias (Estímulo, Representación, Participación, Excelencia académica y otros reconocimientos).
  • Becas Externas.

2. ¿La beca socioeconómica cubre a la población extranjera?

La beca socioeconómica puede ser solicitada por la población estudiantil costarricense, extranjera con residencia permanente o que tenga algún estatus cubierto por tratados y otros instrumentos internacionales vigentes en el país y que además realice los trámites pertinentes en los períodos establecidos en el Calendario Universitario.

3. ¿Qué pasa con mi beca si no matriculo?

Según el artículo 17 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil, la beca socioeconómica se suspende cuando no se consolide matrícula por dos ciclos lectivos consecutivos, sin considerar el tercer ciclo. En caso de que se cumpla esta condición, debe solicitar nuevamente la beca socioeconómica según los períodos establecidos en el calendario estudiantil universitario

4. En interciclo ¿porqué no me aparece beca?

Es probable que no tenga beca registrada porque aún no ha concluido el período de matrícula. En cuanto consolide matrícula, si cumple con los requisitos de carga y rendimiento académico, su beca será restablecida.

5. ¿Quiénes deben actualizar la información beca socioeconómica?

  • Estudiantes que solicitaron y se les otorgó beca hace 6 años, desde ese momento no presentaron un nuevo formulario
  • Estudiantes que presentaron por última vez el formulario hace 6 años por un cambio socioeconómico.
  • Han tenido un cambio socioeconómico no reportado.
  • Requieren actualizar sus datos a petición de la Comisión Asesora Becas.
  • Alcanzaron la primera titulación máxima de grado y por su condición socioeconómica requieren mantener la beca en una segunda carrera.

6. ¿Cuándo se realizar el proceso de renovación?

Este proceso se realiza en el segundo ciclo lectivo de cada año, la Oficina de Becas le notificará vía correo electrónico si le corresponde realizar el proceso; además, se publica en el sitio web, en el perfil de Facebook de la Oficina y otros medios de comunicación.

Rendimiento Académico

1. ¿Cuál es el promedio ponderado anual que debo tener para mantener la beca socioeconómica?

De acuerdo con el artículo 20 del Reglamento de Adjudicación de Becas a la Población Estudiantil, para mantener el monto económico para gastos de carrera y la exoneración de matricula, será necesario tener un promedio ponderado de al menos siete (7)

2. ¿Cómo puede afectar el bajo rendimiento mi categoría de beca?

  • Si tiene beca 4, con el primer año de bajo rendimiento se aplicará una disminución del 20% sobre el porcentaje de exoneración de matrícula y con dos años de bajo rendimiento, se aplicará una disminución del 40% sobre el porcentaje de exoneración de matrícula.
  • Si tiene beca 5, con el primer año de bajo rendimiento se aplicará una disminución del 20% sobre el monto económico para gastos de carrera y con dos años de bajo rendimiento, se aplicará una disminución del 40% sobre el monto económico para gastos de carrera.
  • Con tres años de bajo rendimiento la beca se rebajará en dos categorías. Para las categorías de beca 1 y 2, se asignará categoría de beca 0. Para la categoría de beca 3, se asignará beca 1, la beca 4 pasará a beca 2 y la beca 5 pasará a beca 3.
  • Con cuatro años consecutivos o no de bajo rendimiento, el o la estudiante quedará excluido(a) del sistema de becas.

3. ¿Cómo puedo justificar mi rendimiento académico?

Descargar y completar el formulario de Justificación por aplicación de rendimiento académico disponible para imprimir en el apartado de “Gestiones estudiantiles” del sitio web de la Oficina de Becas (becas.ucr.ac.).

Para estudiantes de la sede Rodrigo Facio, los documento se presentan ante el Centro de Asesoría Estudiantil (CASE). Para sedes regionales, la gestión se realiza en la Unidad de Vida Estudiantil.

Residencias Estudiantiles

1. ¿Cuáles requisitos se deben tener para optar por el Programa de Residencias?

  • Contar con categoría de beca socioeconómica 5 o 4.
  • Proceder de zona alejada o de difícil acceso para el traslado al campus universitario.
  • Matricular y aprobar la carga académica mínima establecida para el tipo de beca asignada.
  • Obtener un promedio ponderado (modificado o no) igual o superior a 7 en el año lectivo anterior.

2. ¿En cuáles Sedes y Recintos hay Residencias?

  • Atlántico (Turrialba)
  • Sede del Sur (Golfito)
  • Guanacaste
  • Guápiles
  • Limón
  • Occidente (San Ramón)
  • Tacares
  • Pacífico (Puntarenas)
  • Rodrigo Facio

3. ¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el resultado de la solicitud de Residencias?

Si no está de acuerdo con el resultado puede presentar revisión en las fechas establecidas en el calendario universitario. Mediante los siguientes recursos:

  • Revocatoria:  en el plazo de 5 días hábiles posteriores a la fecha de publicación de resultados, el formulario y la dirección electrónica para envío está disponible en el siguiente link https://becas.ucr.ac.cr/revocatoria/  (Si la respuesta es negativa, pueden interponer el recurso de Apelación).
  • Apelación: en el plazo de 5 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución del recurso de revocatoria. Será protestatario para el recurrente interponer uno o ambos recursos simultánea o consecutivamente.  El formulario y la dirección electrónica para envío se encuentra disponible en el siguiente link https://becas.ucr.ac.cr/apelacion/ 

4. ¿Si no me asignan residencias, puedo solicitar Reubicación Geográfica?

Sí,  realizar el trámite del beneficio de reubicación geográfica no  anula la solicitud de residencias o el recurso administrativo (revocatoria y/o apelación) que haya interpuesto. Puede solicitar ambos beneficios para que en caso de que el beneficio de Residencias le sea denegado (por falta de cupos) pueda optar por el beneficio de reubicación geográfica.

Nota importante: Este trámite debe realizarlo aunque presente revisión del beneficio. Si esta se le aprueba, internamente se hace el trámite de exclusión de reubicación geográfica y asignación de residencias.

5.¿En cuáles sedes se dio la reapertura del beneficio considerando en la situación actual, pandemia por Covid-19?

Para el I ciclo lectivo 2021 únicamente la Sede Rodrigo Facio realizó una reapertura parcial de los edificios de residencias.

 6. ¿Qué se considera para acceder al beneficio tomando en cuenta la situación actual, pandemia por Covid-19?

Actualmente se está dando prioridad de ingreso a la población estudiantil que tiene el beneficio aprobado y cuenta con matricula de cursos presenciales. 

7. ¿Si me negaron el beneficio este año por falta de cupo puedo volver a solicitar el beneficio el próximo año?

Efectivamente la solicitud del beneficio de residencias es un trámite anual de acuerdo a lo establecido en el Calendario estudiantil universitario, por lo que en caso de requerirse debe renovarse todos los años  (esto es aplicable para la población estudiantil que tiene el beneficio aprobado el año anterior como para la de nuevo ingreso). 

Según lo establecido en el artículo 15 del Reglamento del beneficio de residencias estudiantiles “La asignación de cupo en el Programa Residencias se determinará con base en la solicitud del estudiante o la estudiante, la categoría de beca de asistencia socioeconómica, la zona geográfica de procedencia, la carga académica, el promedio ponderado del año lectivo anterior o la nota de admisión para la población”.

8. ¿Cuándo se tramita la solicitud del beneficio de residencias? 

El trámite de solicitud está disponible una vez al año, usualmente a inicios de cada año.  La fecha exacta de la solicitud puede consultarla en el Calendario estudiantil universitario.

Revisión de la Gestión

1. ¿Cuánto tiempo tardan en dar respuesta a una gestión?

Aproximadamente 15 días hábiles. En cuanto esté resuelta la gestión, se le enviará un correo electrónico para notificarle que debe retirar el acuerdo de la Comisión Asesora de Becas en la Oficina de Becas.

Revocatoria de Beca Socioeconómica

1. ¿Cómo se presenta la revocatoria de asignación?

Para presentar una revocatoria de asignación de beca debe realizar los siguientes pasos:

  • Descargar el formulario disponible para imprimir en el apartado de “Gestiones estudiantiles ” del sitio web de la Oficina de Becas.
  • Completar el formulario y adjuntar una carta explicativa o los documentos que considere necesarios para explicar su situación.
  • Enviar toda la documentación al correo electrónico de su Sede o Recinto. Recuerde utilizar su correo electrónico institucional y anotar en el asunto su número de carné.
  • El resultado de esta gestión será notificado a su correo electrónico institucional con el dominio @ucr.ac.cr.
Titulación Máxima

1. ¿Qué es un título máximo?

El grado de licenciatura, posgrado o especial y el bachillerato cuando en la Universidad no se imparta el grado de licenciatura en la misma carrera que se obtuvo el bachillerato.

3. ¿Puedo solicitar beca socioeconómica si ya tengo un título máximo?

Una vez obtenida la primera titulación máxima, debe realizar nuevamente la solicitud de beca socioeconómica si:

  • Contó con beca socioeconómica para la obtención del grado académico, en el último año del plan de estudios.
  • Solamente tiene un título máximo.
  • Si cursa un posgrado financiado con fondos corrientes.
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